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6 may 1955

Decreto de 3 de mayo de 1946 sobre ordenamiento funcional de los Servicios de Aduanas en los aeropuertos

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo octavo
Antesa) Si la aeronave transporta pasajeros, una lista nominal de los mismos con indicación de sus puntos de embarque y de destino y del número de bultos, expresado en cifra y en letra, que pertenezcan a cada uno.
Ahoraa) Si la aeronave transporta pasajeros, no será exigible la presentación por separado de una lista nominal de los mismos y del número de bultos de sus equipajes, si están incluidos unos y otros en el Manifiesto general.