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21 dic 1973
Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 109▾
Antes2. No está sometida el derecho la estancia correspondiente al día de entrada en el recinto.
Ahora2*No está sometida el derecho la estancia correspondiente al día de entrada en el recinto.*
Antesa) La estancia de las mercancías despachadas de importación, durante los tres días siguientes a la fecha del levante. Esta exención dejará de tener efectividad en caso de sobrepasarse dicho plazo sin que se efectúe la completa retirada de las mercancías del recinto aduanero y no será de aplicación a los vehículos transportadores.
Ahoraa)*La estancia de las mercancías despachadas de importación, durante los tres días siguientes a la fecha del levante.*Esta exención dejará de tener efectividad en caso de sobrepasarse dicho plazo sin que se efectúe la completa retirada de las mercancías del recinto aduanero y no será de aplicación a los vehículos transportadores.