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18 ene 1986
Real Decreto 1954/1982, de 30 de julio, por el que se aprueba el anexo cuarto del Reglamento Notarial, relativo al ejercicio de la fe pública en materia electoral
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 4▾
AntesDurante el período comprendido entre la convocatoria de elección y la proclamación de candidatos, y el que medie entre el quinto día anterior al de la votación y el siguiente a ésta, quedarán en suspenso los derechos de ausencia y de licencia y la situación prevista en el apartado 4 del artículo 43 del Reglamento Notarial respecto de los Notarios residentes en el territorio afectado por las elecciones. En los mismos períodos no podrán celebrarse los ejercicios de las oposiciones de ingreso en el Notariado ni de las entre Notarios.
AhoraDurante el período comprendido entre la convocatoria de la elección y la proclamación de candidatos y el que medie entre el quinto día anterior a la votación y el siguiente a ésta, quedarán en suspenso los ejercicios de las oposiciones entre Notarios, los derechos de ausencia y licencia y la situación prevista en el apartado 4.º del artículo 43 del Reglamento Notarial, respecto de los Notarios residentes en el territorio afectado por las elecciones. Los ejercicios de las oposiciones de ingreso en el Notariado quedarán suspendidos entre el quinto día anterior a la votación y el siguiente a ésta.