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24 dic 1987

Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional decimosexta
EliminadoDos. Para las atenciones de carácter periódico o repetitivo, los fondos librados a justificar podrán tener el carácter de anticipo de caja fija.
AntesLos perceptores de estos fondos quedan obligados a justificar la aplicación de las cantidades percibidas y al reintegro de las no invertidas como máximo dentro del ejercicio presupuestario.
AhoraDos.Para las atenciones de carácter periódico o repetitivo, los fondos librados a justificar podrán tener el carácter de anticipo de caja fija.