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24 dic 1987
Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 367▾
Antesc) Los coches de inválidos o los adaptados para su conducción por disminuidos físicos, siempre que no alcancen los 9 caballos fiscales y pertenezcan a personas inválidas o disminuidas físicamente.
Ahorac) Los coches de inválidos o los vehículos adaptados para su conducción por disminuidos físicos, siempre que no superen los doce caballos fiscales y pertenezcan a personas inválidas o disminuidas físicamente.