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15 nov 1988

Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria sexta
Párrafo añadido
2.3 El personal con contrato administrativo afectado por el Decreto 153/1982, de 22 de diciembre, y que en la actualidad se encuentra prestando sus servicios activos en la Junta de Andalucía, adquirirá automáticamente, a la entrada en vigor de la presente Ley, la categoría de funcionario de carrera de la Administración en la Comunidad Autónoma andaluza. A efectos de antigüedad y trienios, a dicho personal le son reconocidos los servicios prestados en la Administración de la Junta de Andalucía con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de la misma.