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15 nov 1988
Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria sexta▾
Párrafo añadido
2.3 El personal con contrato administrativo afectado por el Decreto 153/1982, de 22 de diciembre, y que en la actualidad se encuentra prestando sus servicios activos en la Junta de Andalucía, adquirirá automáticamente, a la entrada en vigor de la presente Ley, la categoría de funcionario de carrera de la Administración en la Comunidad Autónoma andaluza. A efectos de antigüedad y trienios, a dicho personal le son reconocidos los servicios prestados en la Administración de la Junta de Andalucía con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario de la misma.