Saltar al contenido
← Volver
8 mar 1989

Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 63
Párrafo añadido
Asimismo, los funcionarios tendrán derecho al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales o físicas de naturaleza sexual.