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25 mar 1989

Orden de 17 de marzo de 1986 por la que se dictan normas para la homologación de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas

Qué ha cambiado (1 artículo)

Séptimo
Antes1. La conformidad de la producción en serie con el tipo homologado, deberá efectuarse, al menos, una vez al año, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía en el campo de la normalización y homologación.
Ahora1. La conformidad de la producción en serie con el tipo homologado deberá efectuarse, al menos, una vez cada dos años, de acuerdo con el procedimiento establecido en el apartado 6.1.1 a), del Real Decreto 105/1988, de 12 de febrero, por el que se complementan, modifican y actualizan determinados preceptos del Reglamento General de las Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía en el campo de la Normalización y Homologación, aprobado por Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre.