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20 jul 1989
Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional tercera▾
EliminadoEl ingreso en la profesión militar se efectuará por procedimientos de selección y acceso, mediante convocatoria pública y a través de los sistemas de concurso, oposición o concurso-oposición libres, en los que se garanticen, en todo caso, los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad, para cubrir las vacantes previstas en las leyes de plantillas de las Fuerzas Armadas, según la evolución previsible de los escalafones y dentro de las correspondientes dotaciones presupuestarias.
EliminadoEl Ministro de Defensa, con la conformidad del de Economía y Hacienda, propondrá al Gobierno, anualmente, la oferta de ingreso en la profesión militar, que dará origen a la posterior publicación de las convocatorias correspondientes a las plazas comprometidas en la misma. Los Tribunales que se constituyen no podrán aprobar un número superior al de las plazas convocadas.
AntesEn el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno aprobará el Reglamento General de Ingreso en la Profesión Militar, teniendo en cuenta los criterios unificadores que se desprenden del artículo 23 de la Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, por la que se regulan los criterios básicos de la defensa nacional y la organización militar.
Ahora**(Derogada).**