← Volver
28 dic 1990
Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de Castilla-La Mancha
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional segunda▾
Párrafo añadido
4. Podrán integrarse en la organización de la función pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha los funcionarios de la Administración del Estado, del resto de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local de Castilla-La Mancha que vengan desempeñando puestos incluidos en la relación de puestos de trabajo.
Párrafo añadido
La integración se realizará, dentro del Cuerpo de Pertenencia, en el Cuerpo o Escala que determine el Consejero de Presidencia.