Saltar al contenido
← Volver
30 sep 1994

Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989

Qué ha cambiado (2 artículos)

Disposición adicional vigésima
EliminadoUno. El pase a la situación de Segunda Actividad, por razón de edad, en las Escalas Superior y Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía, se declarará por la Dirección General de Policía al cumplir los funcionarios las siguientes edades:
Eliminado– Escala Superior: Cincuenta y ocho años.
Eliminado– Escala Ejecutiva: Cincuenta y seis años.
EliminadoDos. Para adecuar la edad vigente, de pase a la situación de Segunda Actividad, a la que se establece en la presente Disposición, el acceso a la indicada situación se efectuará progresivamente en la forma siguiente:
Eliminadoa) Escala Superior:
Eliminado– El 1 de enero de 1989, los que tengan cumplidos sesenta años.
Eliminado– El 1 de abril de 1989, los que tengan cumplidos cincuenta y ocho años.
Eliminadob) Escala Ejecutiva:
Eliminado– El 1 de enero de 1989, los que tengan cumplidos cincuenta y nueve años.
Antes El 1 de abril de 1989, los que tengan cumplidos cincuenta y seis años.
Ahora**(Derogada)**
Disposición transitoria cuarta
EliminadoA los solos efectos de promoción interna, a los funcionarios que fueron integrados en las Escalas Superior, Ejecutiva, de Subinspección y Básica del Cuerpo Nacional de Policía, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, se les reconoce, respectivamente, la titulación que corresponde a los grupos A, B, C y D establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
AntesLos funcionarios afectados sólo podrán ejercitar este derecho para poder promocionar a la Escala inmediata superior a la que fueron integrados en virtud de la disposición transitoria primera de la citada Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, siéndole de aplicación las restantes previsiones contenidas en dicha disposición transitoria.
Ahora**(Derogada)**