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29 mar 1995

Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición adicional segunda
AntesEn los casos de despido en que, con arreglo a la normativa vigente, sean por cuenta del Estado los salarios de tramitación, serán con cargo al mismo las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a dichos salarios.
Ahora**(Derogada)**