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29 dic 1995
Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 39▾
EliminadoInfracciones leves: De 5.000 a 50.000 pesetas.
EliminadoInfracciones menos graves: De 50.001 a 250.000 pesetas.
EliminadoInfracciones graves: De 250.001 a 1.000.000 de pesetas.
AntesInfracciones muy graves: De 1.000.001 a 5.000.000 de pesetas.
AhoraInfracciones leves: de 5.000 a 25.000 pesetas.
Párrafo añadido
Infracciones menos graves: de 25.001 a 50.000 pesetas.
Párrafo añadido
Infracciones graves: de 50.001 a 100.000 pesetas.
Párrafo añadido
Infracciones muy graves: de 100.001 a 1.000.000 de pesetas.
Párrafo añadido
Salvo en los supuestos previstos en el apartado 5 de este artículo, y en el de infracciones muy graves, las sanciones podrán hacerse efectivas, dentro de los diez días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución, con una reducción del 20 por 100 sobre la cuantía fijada en la propuesta.
Artículo 45▾
AntesCuando una infracción, cualquiera que fuere su grado, estuviere prevista en la Ley y Reglamento de Epizootias, o en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, se sancionará de conformidad con lo dispuesto en la citadas normas.
AhoraCuando una infracción, cualquiera que fuere su grado, estuviese prevista en la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Fauna y Flora Silvestre, se sancionará de conformidad con lo previsto en la citada norma.