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25 ene 1996
Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto, por el que se regula la Seguridad Social del Clero
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 2398/1977, de 27 de agosto, por el que se regula la Seguridad Social del Clero
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo tercero▾
EliminadoUno. La base única mensual de cotización para todas las contingencias y situaciones incluidas en la acción protectora estará constituida por el tope mínimo de la base de cotización vigente en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social.
AntesDos. El tipo único de cotización será el vigente en cada momento en el Régimen General de la Seguridad Social, deducción hecha de las fracciones correspondientes a las contingencias y situaciones excluidas de la acción protectora, en virtud de lo establecido en el artículo segundo del presente Real Decreto.
Ahora**(Derogado)**
Artículo cuarto▾
EliminadoUno. A los efectos de lo previsto en el presente Real Decreto, las Diócesis asumirán los derechos y obligaciones establecidos para los empresarios en el Régimen General de la Seguridad Social.
AntesDos. Los sujetos afectados por lo establecido en el presente Real Decreto quedarán incluidos, a efectos de encuadramiento mutualista, en la Mutualidad Laboral de Actividades Diversas.
Ahora**(Derogado)**