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22 mar 1997

Orden de 15 de octubre de 1985 por la que se aprueba la Norma de Calidad para el Mejillón, Almeja y Berberecho en conserva

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 13
EliminadoLos aditivos alimentarios de utilización en los productos objeto de esta Orden serán los que aparecen enumerados en el artículo 27 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los Establecimientos y Productos de la Pesca y Acuicultura con destino al consumo humano, aprobada por Real Decreto 1521/1984, de 1 de agosto.
AntesDicha lista de aditivos podrá ser modificada por Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública, previo informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, cuando razones higiénico-sanitarias así lo aconsejen.
Ahora**(Derogado)**