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31 dic 1997
Ley 8/1988, de 13 de diciembre, por la que se autoriza la modificación de los Estatutos de la Fundación Pública «Centro Regional de Bellas Artes», y se crea el Organismo autónomo Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 4▾
Eliminado1. Son órganos de Gobierno y administración del Centro:
Eliminado– La Presidencia.
Eliminado– La Junta de Gobierno.
Antes– El Director-Gerente.
Ahora1. Son órganos de gobierno y administración del centro:
Párrafo añadido
La Presidencia.
Párrafo añadido
La Junta de Gobierno.
Párrafo añadido
El Director.
Eliminado3. La Junta de Gobierno se integrará por el Presidente, el Vicepresidente, nueve Vocales, designados seis en representación de la Comunidad Autónoma y tres en la del Ayuntamiento de Oviedo, y el Director-Gerente, que actuará con voz y voto, y ejerecerá las funciones de Secretario de la misma.
EliminadoCompeterá a la Junta aprobar los planes de actividades del centro señalar las directrices generales de actuación, aprobar el proyecto de presupuesto anual, previa conformidad del Ayuntamiento de Oviedo, visar la cuenta general del presupuesto y de administración del patrimonio para su aprobación por la Comunidad Autónoma, aprobar el inventario de bienes del Centro, nombrar y separar al Director-Gerente, proponer a la Comunidad Autónoma la aprobación y modificación de la plantilla de personal del Centro y acordar el ejercicio de las acciones pertinentes en defensa de los intereses del mismo.
Antes4. Al Director-Gerente corresponderá la dirección administrativa del Centro, ostentar la Jefatura de Personal del mismo, ordenar los pagos, ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno y las resoluciones de su Presidente y ejercer cuantas funciones le sean delegadas por los mismos.
Ahora3. La Junta de Gobierno se integrará por el Presidente; el Vicepresidente; nueve Vocales, seis designados por la Comunidad Autónoma y tres por el Ayuntamiento de Oviedo; un representante de la Consejería de Economía y el Director, que ejercerá las funciones de Secretario de la Junta con voz y sin voto.
Párrafo añadido
Competerá a la Junta aprobar los planes de actividades del centro, señalar las directrices generales de actuación, aprobar el proyecto de presupuesto anual previa conformidad del Ayuntamiento de Oviedo, visar la cuenta general del presupuesto y de administración del patrimonio para su aprobación por la Comunidad Autónoma, aprobar el inventario de bienes del Centro, nombrar y separar al Director, proponer a la Comunidad Autónoma la aprobación y modificación de la plantilla de personal del centro y acordar el ejercicio de las acciones pertinentes en defensa de los intereses del mismo.
Párrafo añadido
4. Corresponderá al Director la dirección administrativa del centro, ostentando la Jefatura del personal del mismo, ordenar los pagos y ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno y las resoluciones de su Presidente, así como cuantas funciones le sean delegadas.