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5 sep 1998

Orden de 20 de septiembre de 1985, sobre normas de construcción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternas para el transporte de mercancías peligrosas

Qué ha cambiado (3 artículos)

Decimoséptimo
Artículo nuevo
Decimoséptimo. 1. Para que los vagones cisterna, excepto los destinados a materias de la clase 2, matriculados y en circulación en la red ferroviaria nacional en base a las disposiciones transitorias 1.8.1 a 1.8.4, inclusive, del apéndice XI del RID, puedan seguir circulando a partir del 30 de septiembre de 1998, sus propietarios deberán remitir antes de dicha fecha al órgano de la Administración, que emitió el último certificado de autorización especial, certificación de un organismo de control mediante la cual se deje constancia del cumplimiento de los requisitos exigidos en el segundo párrafo de la disposición transitoria 1.8.4 arriba mencionada, en base a inspecciones previamente realizadas en las que se haya verificado su cumplimiento o a una inspección extraordinaria. 2. Los vagones cisterna, excepto los destinados a materias de la clase 2, para ser puestos por primera vez en circulación en la red ferroviaria nacional en base a las disposiciones transitorias 1.8.1 a 1.8.4, inclusive, del apéndice XI del RID, deberán acreditar ante el órgano competente de la Administración el cumplimiento de los requisitos exigidos en el segundo párrafo de la disposición transitoria 1.8.4 arriba mencionada, en base a inspecciones realizadas en el país de procedencia por expertos autorizados por la autoridad competente o a una inspección extraordinaria efectuada por un organismo de control.
Decimoctavo
Artículo nuevo
Decimoctavo. A partir del 30 de septiembre de 1998, no se emitirán ni serán exigibles los certificados de autorización especial RID y TPF establecidos en el punto tercero de esta Orden. En el caso que se requiera certificación de cumplimiento del RID por el vagón cisterna, servirá como documento el certificado establecido en el apéndice 14 de esta Orden.
ANEXO 4 (APÉNDICES)
AntesAPENDICE 1
AhoraAPÉNDICE 1
AntesAPENDICE 2
AhoraAPÉNDICE 2
AntesAPENDICE 3
AhoraAPÉNDICE 3
AntesAPENDICE 4
AhoraAPÉNDICE 4
AntesAPENDICE 5
AhoraAPÉNDICE 5
AntesAPENDICE 6
AhoraAPÉNDICE 6
AntesAPENDICE 7
AhoraAPÉNDICE 7
AntesAPENDICE 8
AhoraAPÉNDICE 8
AntesAPENDICE 9
AhoraAPÉNDICE 9
AntesAPENDICE 10
AhoraAPÉNDICE 10
AntesAPENDICE 11
AhoraAPÉNDICE 11
AntesAPENDICE 12
AhoraAPÉNDICE 12
AntesAPENDICE 13
AhoraAPÉNDICE 13
EliminadoAPENDICE 14
Eliminado![imagen](/datos/imagenes/disp/1985/232/20074_9639433_image14.png)
AntesAPENDICE 15
AhoraAPÉNDICE 14
Párrafo añadido
Certificado de cumplimiento del RID
Párrafo añadido
1. Informe número:
Párrafo añadido
Tipo de inspección:
Párrafo añadido
2. Que certifica que el vagón cisterna reseñado a continuación cumple las condiciones exigidas en el Reglamento sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID) para realizar dicho transporte.
Párrafo añadido
3. Válido hasta el:
Párrafo añadido
4. () Como vagón cisterna construido con posterioridad a la entrada en vigor del RID.
Párrafo añadido
() Como vagón cisterna construido con anterioridad a la entrada en vigor del RID y acogido a las medidas transitorias especificadas en el marginal 1.8 del apéndice XI del RID de 1 de octubre de 1978.
Párrafo añadido
5. Nombre, dirección y teléfono del propietario:
Párrafo añadido
6. Número de identificación del vagón cisterna (Número U.I.C.):
Párrafo añadido
7. Número de identificación de la cisterna (Número de fabricación) según placa:
Párrafo añadido
8. El vagón cisterna descrito con anterioridad ha sido sometido el día............................ al reconocimiento prescrito en el apéndice XI del RID y cumple las condiciones exigidas para realizar el transporte internacional por ferrocarril de las mercancías autorizadas según bloques, con indicación de las clases y apartados, según marginal 1.4 del apéndice XI del RID......................................................................................................
Párrafo añadido
9. Observaciones:
Párrafo añadido
10. Fecha de expedición del certificado:
Párrafo añadido
11. Firma y sello del Director técnico del organismo de control:
Párrafo añadido
APÉNDICE 15
AntesAPENDICE 16
AhoraAPÉNDICE 16
AntesAPENDICE 17
AhoraAPÉNDICE 17
AntesAPENDICE 18
AhoraAPÉNDICE 18