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15 dic 1998
Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre Transacciones Económicas con el Exterior
Real Decreto · En vigor · Real Decreto 1816/1991, de 20 de diciembre, sobre Transacciones Económicas con el Exterior
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 11▾
Antesa) Conceder a bancos, cajas de ahorro y otras entidades financieras autorización para actuar en el mercado de divisas, en los casos en que dicha autorización se requiera de conformidad con la legislación vigente, así como registrar los establecimientos abiertos al público para cambio de divisas.
Ahoraa) Conceder a bancos, cajas de ahorro y otras entidades financieras autorización para actuar en el mercado de divisas, en los casos en que dicha autorización se requiera de conformidad con la legislación vigente, así como autorizar las actividades de cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público de acuerdo con su normativa reguladora.
Disposición adicional primera▾
AntesLos establecimientos abiertos al público para cambio de moneda extranjera deberán registrarse, en el Banco de España en la forma que éste determine.
Ahora**(Derogada)**