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30 dic 1999

Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo ciento
Párrafo añadido
Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas en relación con los establecimientos y las actividades de las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la fabricación de productos sanitarios a medida. En todo caso los criterios para el otorgamiento de la licencia previa serán elaborados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.