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17 jul 2001
Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de Castilla-La Mancha
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional segunda▾
Antes4. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que por los procedimientos de concurso o libre designación obtengan puestos de trabajo en la Administración Regional, quedarán asimilados a los funcionarios propios de ésta y les serán de aplicación los derechos y garantías previstas para los mismos en los supuestos de movilidad, remoción, cese o supresión de puestos de trabajo.
Ahora4. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que por los procedimientos de concurso o libre designación obtengan puestos de trabajo en la Administración regional quedarán asimilados a los funcionarios propios de ésta, siéndoles de aplicación el régimen jurídico establecido para estos últimos.