← Volver
26 sep 2001
Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra
otro · En vigor · Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 123▾
Eliminado5. En el último trimestre del primer año de cada período de mandato municipal el Gobierno de Navarra, previo informe de la Comisión Foral de Régimen Local, elevará al Parlamento de Navarra, simultáneamente con el de Presupuestos Generales para el correspondiente ejercicio un proyecto normativo que contenga:
Eliminadoa) La cuantía del fondo de participación de las Haciendas Locales en los impuestos de Navarra para los cuatro ejercicios presupuestarios siguientes.
Antesb) La fórmula de reparto del mencionado fondo para los cuatro ejercicios presupuestarios de mandato municipal de acuerdo con los criterios generales establecidos en el número 3 de este artículo.
Ahora5. En el primer semestre del segundo año de cada periodo de mandato municipal el Gobierno de Navarra, previo informe de la Comisión Foral de Régimen Local, elevará al Parlamento de Navarra un proyecto normativo que contenga:
Párrafo añadido
a) La cuantía del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los impuestos de Navarra para los cuatro ejercicios presupuestarios siguientes.
Párrafo añadido
b) La fórmula de reparto del mencionado Fondo para los cuatro años siguientes de mandato municipal de acuerdo con los criterios generales establecidos en el apartado 3 de este artículo.