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31 dic 2001
Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 15▾
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Véase el art. 22 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social,Ref. BOE-A-2001-24965, que regula la "Tasa de aproximación".]
Artículo 17▾
AntesSeis. El pago de la tasa se realizará en papel de pagos al Estado, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 230/1963, de 11 de febrero.
AhoraSeis. El pago de la tasa se realizará en efectivo, en entidad de depósito autorizada por el Ministerio de Hacienda, y le será aplicable lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre.
Artículo 22▾
AntesTarifa cuarta. Expedición de autorizaciones especiales relacionadas con la operación (MNPS, RNAV, Cat II/III, RVSM, etc.).
AhoraTarifa cuarta. Expedición de autorizaciones especiales relacionadas con la operación (MNPS, RNAV, Cat II/III, RVSM y ETOPS).
EliminadoTarifa novena. Expedición de Títulos y Primera Licencia de Personal Técnico de Vuelo.
AntesTarifa décima. Renovación de las Licencias de Personal Técnico de Vuelo.
AhoraTarifa novena. Expedición de Títulos y Primera Licencia de Personal Técnico de Vuelo, así como de piloto privado de avión y de helicóptero, piloto de planeador y piloto de globo libre.
Párrafo añadido
Tarifa décima. Renovación/Revalidación de las Licencias de Personal Técnico de Vuelo así como de Pilotos Privados de Avión y de Helicóptero, Piloto Planeador y Piloto de Globo libre.
AntesTarifa vigésima primera. Expedición de la Autorización para ejercer funciones de Médico Examinador Aéreo clase 2, expedición y renovación de la Autorización para ejercer funciones de Médico Examinador Aéreo clases 2 y 3.
AhoraTarifa vigésima primera. Expedición y renovación de la Autorización para ejercer funciones de Médico Examinador Aéreo clases 2, 3 ó 2 / 3.
EliminadoTarifa vigésima tercera. Expedición de licencias restringidas.
AntesTarifa vigésima cuarta. Actualización de Licencias de Personal Técnico de Vuelo y Certificados de TCP's: anotación de habilitaciones, anotación del Certificado de Operador Radiofonista Internacional, duplicados de licencias, títulos y certificados de TCP, levantamiento de restricciones, anotación de categorías II/III para operaciones ILS.
AhoraTarifa vigésima tercera. Expedición de licencias restringidas del Personal Técnico de Vuelo.
Párrafo añadido
Tarifa vigésima cuarta. Actualización de licencias de Personal Técnico de Vuelo, Controladores de Tránsito Aéreo, Pilotos Privados de Avión y de Helicóptero, Piloto de Planeador, Piloto de Globo libre, y certificados de TCP'S. Anotación de habilitaciones, anotación de títulos, anotación del Certificado de Operador Radiofonista Internacional, duplicados de licencias, títulos y certificados de TCP, levantamiento de restricciones, anotación de categorías II/III para operaciones ILS.
AntesTarifa vigésima sexta. Expedición de certificaciones de experiencia de vuelo y otras.
AhoraTarifa vigésima sexta. Expedición de certificaciones de experiencia de vuelo.
Párrafo añadido
Tarifa trigésima. Autorización y renovación de Escuelas de Tripulantes de Cabina de Pasajeros
Párrafo añadido
Tarifa trigésima primera:
Párrafo añadido
Reconocimiento de Licencias de pilotos de aeronaves emitidas en países de la Unión Europea a ciudadanos de la misma.
Párrafo añadido
Transformación de título y licencia nacional a licencia JAR-FCL.
Párrafo añadido
Validación de licencias extranjeras de conformidad con la normativa JAR-FCL.
EliminadoExpedición de Títulos y Primera Licencia: 150,25 euros.
AntesTarifa décima: 90,15 euros.
Ahoraa) Expedición de Título y Primera licencia de Personal Técnico de Vuelo: 150 euros.
Párrafo añadido
b) Expedición de Títulos y Primera licencia de piloto Privado de Avión y de Helicóptero, Piloto Planeador y Piloto de Globo Libre: 40 euros.
Párrafo añadido
Tarifa décima:
Párrafo añadido
a) Personal Técnico de Vuelo: 90 euros.
Párrafo añadido
b) Piloto Privado de Avión y Helicóptero, Piloto de Planeador y Piloto de Globo libre: 20 euros.
Eliminadoa) Expedición de certificados: 72,02 euros.
Eliminadob) Renovación de certificados: 36,06 euros.
Antesc) Expedición de habilitaciones: 24,040 euros.
Ahoraa) Expedición de certificados: 72,12 euros.
Párrafo añadido
b) Renovación de certificados: 36,6 euros.
Eliminadoa) Expedición de la Autorización (clase 2): 300,51 euros.
Eliminadob) Expedición de la Autorización (clases 2 y 3): 450,76 euros.
Antesc) Renovación de la Autorización (clases 2 y 3): 150,25 euros.
Ahoraa) Expedición de la Autorización (Clase 2):
Párrafo añadido
300,51 euros.
Párrafo añadido
b) Expedición de la Autorización (Clase 3,2/3):
Párrafo añadido
450,76 euros.
Párrafo añadido
c) Renovación de la Autorización (Clase 2,3,2/3): 150,25 euros.
Párrafo añadido
Tarifa trigésima: 700 euros por autorización y renovación.
Párrafo añadido
Tarifa trigésima primera: 150 euros.
Párrafo añadido
Ocho. Quedan exentos del pago de la tasa:
Párrafo añadido
a) Las personas físicas o jurídicas que soliciten la prestación de los servicios o la realización de actividades que constituyen hechos imponibles, en relación con las aeronaves históricas afectas a fundaciones de interés cultural.
Párrafo añadido
b) Los sujetos pasivos titulares registrales de las aeronaves que soliciten su cancelación por destrucción o inoperatividad de las mismas.