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2 may 2002

Ley 9/1993, de 8 de julio, de Cofradías de Pescadores de Galicia

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 11
Párrafo añadido
2.bis. Las cofradías de pescadores y sus federaciones, a requerimiento de la Consellería competente en materia de pesca, deberán someterse a una auditoría externa de cuentas. Dicha obligación se entenderá sin perjuicio de las obligaciones que puedan, en su caso, corresponderles cuando sean beneficiarias de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia o de fondos comunitarios.