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25 may 2002
Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, por el que se regula el subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 2▾
AntesSi el desempleado no ha sido perceptor del subsidio con anterioridad, se exigirá además haber permanecido inscrito en el censo del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y en situación de alta, o asimilada a ella, con carácter ininterrumpido en los doce meses naturales inmediatamente anteriores a la solicitud del subsidio.
Ahora**(Párrafo segundo derogado)**