← Volver
31 dic 2002
Ley 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria
Ley · En vigor · Ley 1/2001, de 16 de marzo, de Colegios Profesionales de Cantabria
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional cuarta▾
Artículo nuevo
Disposición adicional cuarta.
Las Delegaciones en la Comunidad Autónoma de Cantabria de Colegios Profesionales de ámbito territorial superior al autonómico podrán segregarse, previa autorización estatal, para constituir Colegios independientes. La segregación requerirá aprobación por Decreto del Gobierno.