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2 abr 2003

Orden DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales Internacionales ubicados en España

Qué ha cambiado (4 artículos)

Tercero
Antesb) Alumnos de la enseñanza de formación para adquirir la condición de militar de complemento.
Ahorab) Alumnos de la enseñanza de formación para adquirir la condición de militar de complemento hasta que se les expida la TIM modelo "B".
Disposición final segunda
Eliminado1. La sustitución de las actuales tarjetas por las que se establecen en la presente Orden ministerial estará concluida antes del 31 de diciembre del año 2003.
Antes2. Se expedirán tarjetas de los nuevos modelos «A» y «B» al personal que en la fecha fijada en el punto anterior se estime que se encontrará en la situación de servicio activo, a los que actualmente se encuentren en reserva con destino y se tenga previsto que la duración del mismo alcance la citada fecha, y a aquellos que ya se encuentran en «segunda reserva».
Ahora1. La sustitución de las actuales tarjetas por las que se establecen en la presente Orden Ministerial estará concluida el 31 de diciembre del año 2004.
Párrafo añadido
2. No se expedirán tarjetas del nuevo modelo "A" al personal que en la fecha fijada en el punto anterior se encuentre en la situación administrativa de reserva o en retiro. El personal en situación administrativa de reserva renovará la tarjeta de identidad militar, ajustada al nuevo modelo, en el caso de que ocupe destino o pase a retiro.
ANEXO I
Eliminadoa) Para el personal incluido en los puntos 1 y 2 del apartado tercero de esta Orden ministerial que se encuentre en activo, segunda reserva, reserva con destino, el primer espacio reservado estará formado por un código numérico, de doce dígitos, integrado por tres grupos diferenciados:
AntesPrimer grupo: Tres dígitos que identificarán respectivamente: El Ejército al que pertenece el titular de la TIM o el Órgano Central para el personal de Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, la situación administrativa en la que se encuentra el interesado y la categoría en la que se encuadra el empleo que ostenta el propietario de la TIM.
Ahoraa) Para el personal incluido en los puntos 1 y 2 del apartado tercero de esta Orden Ministerial, el primer espacio reservado estará formado por un código numérico, de doce dígitos, integrado por tres grupos diferenciados:
Párrafo añadido
Primer grupo: Tres dígitos que identificarán respectivamente: El Ejército al que pertenece el titular de la TIM, el Cuerpo de la Guardia Civil o el Órgano Central para el personal de Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, la situación administrativa en la que se encuentra el interesado y la categoría en la que se encuadra el empleo que ostenta el propietario de la TIM.
Antesa) Horizontalmente en su parte superior una banda magnética de alta coercitividad y tres pistas de grabación según normas ISO 2894 y 3554. La pista 2 quedará reservada para la grabación de los datos comunes según corresponda.
Ahoraa) Horizontalmente en su parte superior una banda magnética de alta coercitividad y tres pistas de grabación según norma ISO/IEC 7811-6. La pista 2 quedará reservada para la grabación de los datos comunes según corresponda.
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2002/68/05468_001.png)
Ahora![](/datos/imagenes/disp/2002/68/05468_001.png)
ANEXO III
Antes1. Color: La tarjeta será de color azul (norma color pantone 829C).
Ahora1. Color: La tarjeta será de color azul (norma color pantone 298C).
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2002/68/05468_003.png)
Ahora![](/datos/imagenes/disp/2002/68/05468_003.png)