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16 may 2003

Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 3
Antes3. Las actuaciones inspectoras en centros o dependencias de la Administración pública se preavisarán a quien se encuentre al frente del centro a inspeccionar.
Ahora3.**(Anulado)**
Artículo 11
AntesEn razón a su función, los inspectores y subinspectores no podrán tener interés directo ni indirecto en empresas o grupos de empresas objeto de su actuación, ni asesorar o defender a título privado a personas físicas o jurídicas con actividades susceptibles de la acción inspectora ; se abstendrán en todo asunto en que concurra interés para la asociación o sindicato de su afiliación.
AhoraEn razón a su función, los inspectores y subinspectores no podrán tener interés directo ni indirecto en empresas o grupos de empresas objeto de su actuación, ni asesorar o defender a título privado a personas físicas o jurídicas con actividades susceptibles de la acción inspectora;**se abstendrán en todo asunto en que concurra interés para la asociación o sindicato de su afiliación**.