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10 jul 2003
Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
Ley · En vigor · Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas
Qué ha cambiado (3 artículos)
Artículo 41▾
Antesd) Los quebrados y concursados no rehabilitados, quienes se hallen impedidos para el ejercicio de empleo o cargo público y aquéllos que por razón de su cargo no puedan ejercer actividades económicas lucrativas.
Ahorad) Las personas que sean inhabilitadas conforme a la Ley Concursal mientras no haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso, quienes se hallen impedidos para el ejercicio de empleo o cargo público y aquellos que por razón de su cargo no puedan ejercer actividades económicas lucrativas.
Artículo 73▾
Eliminado7. En caso de insolvencia de la sociedad deberán solicitar, en el término de diez días a partir de aquél en que se haga patente esta situación, la declaración de suspensión de pagos o la de quiebra, según proceda.
Disposición adicional cuarta▾
AntesA las sociedades cooperativas les será aplicable la legislación sobre suspensión de pagos y quiebra.
Ahora**(Derogada)**