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29 nov 2003
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
Ley Orgánica · En vigor · Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo doscientos quince▾
AntesSe eligen en España 64 Diputados al Parlamento Europeo.
AhoraEl número de diputados que se elige en España se fijará en función de lo que establece en esta materia el ordenamiento jurídico europeo.
Artículo doscientos veinte▾
Antes2. Las candidaturas se presentarán mediante listas completas de candidatos, salvo que los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores hagan uso de la posibilidad prevista en el artículo 221.4, en cuyo caso la lista podrá contener hasta un máximo de 64 candidatos y suplentes.
Ahora2. Las candidaturas se presentarán mediante listas completas de candidatos, salvo que los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores hagan uso de la posibilidad prevista en el artículo 221.4, en cuyo caso la lista podrá contener hasta un número máximo de candidatos y suplentes igual al de diputados a elegir.