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26 dic 2003

Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 442
EliminadoSi el testigo fuere sordomudo y supiere leer, se le harán por escrito las preguntas. Si supiere escribir, contestará por escrito. Y si no supiere lo uno ni lo otro, se nombrará un intérprete, por cuyo conducto se le harán las preguntas y se recibirán sus contestaciones.
EliminadoSerá nombrado intérprete un maestro titular de sordomudos, si lo hubiere en el pueblo, y en su defecto cualquiera que supiere comunicarse con el testigo.
AntesEl nombrado prestará juramento a presencia del sordomudo antes de comenzar a desempeñar el cargo.
AhoraSi el testigo fuere sordo, se nombrará un intérprete de lengua de signos adecuado, por cuyo conducto se le harán las preguntas y se recibirán sus contestaciones.
Párrafo añadido
El nombrado prestará juramento a presencia del sordo antes de comenzar a desempeñar el cargo.