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31 dic 2003
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 18▾
Antes4. El Banco de España, en sus actuaciones de inspección, comprobará el efectivo cumplimiento de esta obligación por las entidades de crédito y financieras y comunicará las infracciones que advierta al Ministerio de Hacienda a efectos de imposición de la sanción que sea procedente de conformidad con lo dispuesto en el título IX de esta ley.
Ahora4.**(Derogado)**