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13 nov 2004
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO IV▾
Eliminado5. Andamios y escaleras:
Eliminadoa) Los andamios deberán proyectarse, construirse y mantenerse convenientemente de manera que se evite que se desplomen o se desplacen accidentalmente.
Eliminadob) Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de los andamios deberán construirse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que las personas caigan o estén expuestas a caídas de objetos. A tal efecto, sus medidas se ajustarán al número de trabajadores que vayan a utilizarlos.
Eliminadoc) Los andamios deberán ser inspeccionados por una persona competente:
Eliminado1.º Antes de su puesta en servicio.
Eliminado2.º A intervalos regulares en lo sucesivo.
Eliminado3.º Después de cualquier modificación, período de no utilización, exposición a la intemperie, sacudidas sísmicas, o cualquier otra circunstancia que hubiera podido afectar a su resistencia o a su estabilidad.
Eliminadod) Los andamios móviles deberán asegurarse contra los desplazamientos involuntarios.
Antese) Las escaleras de mano deberán cumplir las condiciones de diseño y utilización señaladas en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Ahora5. Andamios y escaleras.
Párrafo añadido
a) Los andamios, así como sus plataformas, pasarelas y escaleras, deberán ajustarse a lo establecido en su normativa específica.
Párrafo añadido
b) Las escaleras de mano de los lugares de trabajo deberán ajustarse a lo establecido en su normativa específica.
Antes2.º Instalarse y utilizarse correctamente. 3.o Mantenerse en buen estado de funcionamiento.
Ahora2.º Instalarse y utilizarse correctamente.
Párrafo añadido
3.º Mantenerse en buen estado de funcionamiento.