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28 dic 2004
Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional novena▾
EliminadoUno. El ámbito temporal de aplicación de la Ley 32/1999 se extiende a los hechos previstos en dicha ley, acaecidos entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2004, sin perjuicio de las demás ayudas que pudieran corresponder por los mismos con arreglo al ordenamiento jurídico.
EliminadoDos. Cuando en virtud de sentencia firme se reconociera una indemnización en concepto de responsabilidad civil por hechos acaecidos con pos terioridad al 10 de octubre de 1999, superior a la cantidad global percibida por los conceptos contemplados en la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y en la Ley 32/1999, la Administración General del Estado abonará al interesado la diferencia.
AntesTres. El plazo para solicitar las ayudas previstas en la Ley 32/1999 por hechos ocurridos entre el 1 de enero de 2004 y el 31 de diciembre de 2004 será de un año contado a partir de la fecha en que se hubieren producido.
AhoraUno. El ámbito temporal de aplicación de la Ley 32/1999 se extiende a los hechos previstos en dicha Ley, acaecidos entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2005, sin perjuicio de las demás ayudas que pudieran corresponder por los mismos con arreglo al ordenamiento jurídico.
Párrafo añadido
Dos. Cuando en virtud de sentencia firme se reconociera una indemnización en concepto de responsabilidad civil por hechos acaecidos con posterioridad al 10 de octubre de 1999, superior a la cantidad global percibida por los conceptos contemplados en la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y en la Ley 32/1999, la Administración General del Estado abonará al interesado la diferencia.
Párrafo añadido
Tres. El plazo para solicitar las ayudas previstas en la Ley 32/1999 por hechos ocurridos entre el 1 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2005 será de un año contado a partir de la fecha en que se hubieren producido.