Saltar al contenido
← Volver
15 dic 2005

Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 2
Eliminado8. Las Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio dependen funcionalmente de los órganos superiores o directivos de este ministerio por razón de las materias objeto de su actuación. Corresponde a las Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio el ejercicio en el ámbito territorial y conforme a la distribución de competencias establecida en la correspondiente normativa las siguientes funciones en materia de comercio:
Eliminadoa) Tramitar y resolver los expedientes referidos a operaciones de exportación e importación.
Eliminadob) Relacionarse con las Oficinas Económicas y Comerciales cuando sea preciso para el mejor desarrollo de sus competencias.
Eliminadoc) Estudiar e informar sobre los efectos en la economía de su demarcación del arancel y de los regímenes arancelarios especiales.
Eliminadod) Desarrollar los procesos relacionados con la recogida de datos sobre las magnitudes que intervienen en la distribución y comercialización de los distintos bienes y servicios.
Eliminadoe) La inspección y control de calidad comercial de productos objeto de comercio exterior en cuanto a normas y especificaciones de calidad comercial, de envases y embalajes, almacenes, depósitos, medios de transporte, etc., para garantizar que los productos se importen o exporten en las condiciones adecuadas. El desarrollo de actividades de certificación y de asistencia técnica a empresas y sectores en el ámbito del comercio exterior.
Eliminadof) Las actuaciones de control, inspección y certificación derivadas de la aplicación del Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES) y de su desarrollo normativo posterior.
Eliminadog) La información a organismos y particulares interesados en las materias citadas.
Eliminadoh) Las de carácter sancionador que estén previstas en las correspondientes normas.
Eliminadoi) Las actividades relacionadas con la promoción comercial y de inversiones, así como del fomento de la internacionalización de la empresa española.
Antesj) En general, las restantes atribuidas en su ámbito territorial a la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio.
Ahora8.**(Derogado)**
Disposición transitoria quinta
EliminadoHasta tanto se integren en las Delegaciones de Gobierno las Direcciones Regionales y Territoriales de Comercio, estas mantendrán su actual regulación y dependencia. La integración se producirá con efectos desde el 1 de enero de 2005.
AntesA estos efectos, las disposiciones reglamentarias que vienen regulando la organización y funcionamiento de dichas Direcciones Regionales y Territoriales mantendrán su vigencia durante el citado período transitorio.
Ahora**(Derogada)**