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31 dic 2005

Ley 3/2000, de 12 de julio, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región de Murcia e Implantación del Canon de Saneamiento

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 23
Párrafo añadido
4. Para efectuar la repercusión del canon de saneamiento a los sujetos pasivos contribuyentes, las personas o entidades a las que se refiere el apartado anterior deberán aplicar a la base imponible, expresada en metros cúbicos, la tarifa vigente del canon de saneamiento.