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14 dic 2007
Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional segunda▾
EliminadoA efectos del Programa de Fomento del empleo regulado en la Sección 1.ª del Capítulo I de esta Ley, la situación de exclusión social se acreditará por la pertenencia a alguno de los colectivos relacionados a continuación:
Eliminadoa) Perceptores de rentas mínimas de inserción, o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.
Eliminadob) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:
Eliminado1.º Falta de periodo exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora.
Eliminado2.º Haber agotado el periodo máximo de percepción legalmente establecido.
Eliminadoc) Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de instituciones de protección de menores.
Eliminadod) Personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitación o reinserción social.
Eliminadoe) Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como liberados condicionales y ex reclusos.
Antesf) Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2002, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.
AhoraA efectos del Programa de Fomento del empleo regulado en la Sección 1.ª del capítulo I de esta Ley, la situación de exclusión social se acreditará por la pertenencia a alguno de los colectivos relacionados en el apartado 1 del artículo 2 de la Ley para la regulación del régimen de las empresas de inserción.