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27 dic 2007
Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas
Ley · En vigor · Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional cuarta▾
Antes2. Además de los requisitos generales establecidos en la legislación general de la función pública, para el ingreso en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas, se exigirá estar en posesión del título de Licenciado en Derecho. Podrán acceder al de Auditores del propio Tribunal quienes estén en posesión de alguno de los títulos siguientes: Licenciado en Ciencias Económicas, Licenciado en Ciencias Empresariales, Intendente Mercantil y Actuario de Seguros.
Ahora2. Además de los requisitos generales establecidos en la legislación general de la Función Pública, para el ingreso en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas, se exigirá estar en posesión del título de Licenciado en Derecho. Podrán acceder al de Auditores del propio Tribunal quiénes estén en posesión de alguno de los siguientes títulos: Licenciado Universitario, Ingeniero Superior, Arquitecto, Intendente Mercantil y Actuario de Seguros.