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28 dic 2007
Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 86▾
Antes1. Con las finalidades de atender la demanda social y ordenar el uso recreativo, la Comunidad de Madrid promoverá la adecuación para el recreo de los montes o zonas forestales aptas para ello, mediante áreas, núcleos o itinerarios recreativos, zonas de acampada o aparcamiento, campamentos, aulas en la Naturaleza o cualquier otro tipo de infraestructura recreativa de uso público.
Ahora1. Con las finalidades de atender la demanda social y ordenar el uso recreativo, la Comunidad de Madrid promoverá la adecuación para el recreo de los montes o zonas forestales aptas para ello, mediante áreas, núcleos o itinerarios recreativos, zonas de acampada o aparcamiento, campamentos, aulas en la Naturaleza, actividades deportivas o cualquier otro tipo de infraestructura recreativa de uso público.