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29 dic 2007

Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 17
AntesAnualmente, dentro del primer trimestre de cada año, las empresas autorizadas para ejercer la actividad de comercialización deberán presentar ante la Administración competente la documentación justificativa de que se siguen cumpliendo las condiciones que dieron lugar a la autorización, así como una memoria resumen de las actividades desarrolladas en el año precedente, acompañados de los balances del último ejercicio, al que deberán unir informe de auditor independiente.
AhoraAnualmente, dentro del primer trimestre de cada año, las empresas autorizadas para ejercer la actividad de comercialización deberán presentar ante la Administración competente la documentación justificativa de que se siguen cumpliendo las condiciones que dan lugar a la autorización, así como una memoria resumen de las actividades desarrolladas en el año precedente, acompañados de los balances del último ejercicio, al que deberán adjuntar informe de auditor independiente.
Artículo 18
Antesb) Incumplimiento probado de las condiciones exigidas para realizar la actividad de comercializador.
Ahorab) Incumplimiento probado de las condiciones exigidas para realizar la actividad de comercializador así como de las condiciones que dan lugar a la autorización para ejercer la actividad.