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10 dic 2008

Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 2
Antes4. Los empleadores que contraten indefinidamente a personas que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o de víctima de violencia doméstica, sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 70,83 euros/mes (850 euros/año) durante 4 años.
Ahora4. Los empleadores que contraten indefinidamente a personas que tengan acreditada la condición de víctima de violencia de género en los términos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, o de víctima de violencia doméstica, sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo, tendrán derecho, desde la fecha de celebración del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social o, en su caso, por su equivalente diario, por trabajador contratado de 1.500 euros/año durante 4 años.
ANEXO
Antes| Colectivos | Descripción | Cuantía anual (en euros) | Duración | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA | | | | | | | Mujeres | Desempleadas, así como las víctimas de violencia de género [art. 2.1.a) y 2.4]. | 850 | 4 años | | | | Contratadas en los 24 meses siguientes al parto (art. 2.1.b). | 1.2 | 4 años | | | | | Contratadas después de 5 años de inactividad laboral, si, anteriormente a su retirada, han trabajado, al menos, 3 años (art. 2.1.c). | 1.2 | 4 años | | | | | Mayores de 45 años (art. 2.1.d). | 1.2 | Toda la vigencia del contrato | | | | | Jóvenes | De 16 a 30 años (art. 2.1.c). | 800 | 4 años | | | | Otros colectivos y situaciones especiales | Parados de al menos 6 meses y trabajadores en situación de exclusión social [arts. 2.1.f) y 2.5]. | 600 | 4 años | | | | Personas con discapacidad (art. 2,2). | Mujeres con discapacidad (art. 2.2.3) | Personas mayores de 45 años con discapacidad (art. 2.2.3) | Toda la vigencia del contrato | | | | - En general (art. 2.2.1). | 4.5 | 5.35 | 5.7 | | | | - En caso de discapacidad severa (art. 2.2.2). | 5.1 | 5.95 | 6.3 | | | | Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación (art. 2.6). | 500 | 4 años | | | | | PLAN EXTRAORDINARIO PARA LA CONVERSIÓN DE EMPLEO TEMPORAL EN FIJO | | | | | | | Conversiones en indefinidos de contratos temporales, incluidos los contratos formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, en todos los casos celebrados antes del 1 de julio de 2006, siempre que la conversión se realice antes del 1 de enero de 2007 (art. 3). | 800 | 3 años | | | | | BONIFICACIONES EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACIÓN TEMPORAL | | | | | | | Personas con discapacidad contratadas mediante el contrato temporal de fomento del empleo (art. 2.2.4). | Varones menores de 45 años | Varones mayores de 45 años | Mujeres menores de 45 años | Mujeres mayores de 45 años | Duración | | - En general | 3.5 | 4.1 | 4.1 | 4.7 | Toda la vigencia del contrato | | - En caso de discapacidad severa | 4.1 | 4.7 | 4.7 | 5.3 | Toda la vigencia del contrato | | Víctimas de violencia de género o doméstica (art. 2.4). | 600 | Toda la vigencia del contrato | | | | | Personas en situación de exclusión social (art. 2.5). | 500 | Toda la vigencia del contrato | | | | | BONIFICACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO | | | | | | | Contratos de carácter indefinido de trabajadores de 60 o más años con una antigüedad en la empresa de 5 o más años (art. 4.1). | 50 por 100 de aportación empresarial por contingencias comunes salvo incapacidad temporal, incrementándose anualmente un 10 por 100 hasta el 100 por 100. | Toda la vigencia del contrato | | | | | Mujeres con contrato suspendido (indefinido o temporal que se transforme en indefinido) reincorporadas tras la maternidad (art. 4.2). | 1.2 | 4 años | | | | | BONIFICACIONES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO | | | | | | | Contratos indefinidos o temporales (art. 2.3). | 100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta. | Toda la vigencia del contrato | | | |
Ahora| Colectivos | Descripción | Cuantía anual (en euros) | Duración | | | | --- | --- | --- | --- | --- | --- | | **BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA** | | | | | | | Mujeres | Desempleadas, así como las víctimas de violencia de género [art. 2.1.a) y 2.4]. | 1.5 | 4 años | | | | Contratadas en los 24 meses siguientes al parto (art. 2.1.b). | 1.2 | 4 años | | | | | Contratadas después de 5 años de inactividad laboral, si, anteriormente a su retirada, han trabajado, al menos, 3 años (art. 2.1.c). | 1.2 | 4 años | | | | | Mayores de 45 años (art. 2.1.d). | 1.2 | Toda la vigencia del contrato | | | | | Jóvenes | De 16 a 30 años (art. 2.1.c). | 800 | 4 años | | | | Otros colectivos y situaciones especiales | Parados de al menos 6 meses y trabajadores en situación de exclusión social [arts. 2.1.f) y 2.5]. | 600 | 4 años | | | | Personas con discapacidad (art. 2,2). | Mujeres con discapacidad (art. 2.2.3) | Personas mayores de 45 años con discapacidad (art. 2.2.3) | Toda la vigencia del contrato | | | | - En general (art. 2.2.1). | 4.5 | 5.35 | 5.7 | | | | - En caso de discapacidad severa (art. 2.2.2). | 5.1 | 5.95 | 6.3 | | | | Conversiones en indefinidos de contratos formativos, de relevo y sustitución por jubilación (art. 2.6). | 500 | 4 años | | | | | **PLAN EXTRAORDINARIO PARA LA CONVERSIÓN DE EMPLEO TEMPORAL EN FIJO** | | | | | | | Conversiones en indefinidos de contratos temporales, incluidos los contratos formativos, de relevo y de sustitución por jubilación, en todos los casos celebrados antes del 1 de julio de 2006, siempre que la conversión se realice antes del 1 de enero de 2007 (art. 3). | 800 | 3 años | | | | | **BONIFICACIONES EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACIÓN TEMPORAL** | | | | | | | Personas con discapacidad contratadas mediante el contrato temporal de fomento del empleo (art. 2.2.4). | Varones menores de 45 años | Varones mayores de 45 años | Mujeres menores de 45 años | Mujeres mayores de 45 años | Duración | | - En general | 3.5 | 4.1 | 4.1 | 4.7 | Toda la vigencia del contrato | | - En caso de discapacidad severa | 4.1 | 4.7 | 4.7 | 5.3 | Toda la vigencia del contrato | | Víctimas de violencia de género o doméstica (art. 2.4). | 600 | Toda la vigencia del contrato | | | | | Personas en situación de exclusión social (art. 2.5). | 500 | Toda la vigencia del contrato | | | | | **BONIFICACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO** | | | | | | | Contratos de carácter indefinido de trabajadores de 60 o más años con una antigüedad en la empresa de 5 o más años (art. 4.1). | 50 por 100 de aportación empresarial por contingencias comunes salvo incapacidad temporal, incrementándose anualmente un 10 por 100 hasta el 100 por 100. | Toda la vigencia del contrato | | | | | Mujeres con contrato suspendido (indefinido o temporal que se transforme en indefinido) reincorporadas tras la maternidad (art. 4.2). | 1.2 | 4 años | | | | | **BONIFICACIONES PARA LA CONTRATACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD POR LOS CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO** | | | | | | | Contratos indefinidos o temporales (art. 2.3). | 100 por 100 de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta. | Toda la vigencia del contrato | | | |