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27 dic 2008

Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 29
Antes10. Las personas que acrediten la condición de jubiladas o mayores de 65 años están exentas de tasas para la obtención de la licencia de caza y otras autorizaciones administrativas, excepción hecha de la matrícula anual de cotos y campos de entrenamientos de perros.
Ahora10. Las personas que acrediten la condición de pensionistas o mayores de 65 años están exentas de las tasas para obtener la licencia de caza y otras autorizaciones administrativas, con excepción de la matrícula anual de cotos y campos de entrenamiento de perros.
Artículo 87
Antes6. Las personas que acrediten la condición de jubiladas o mayores de 65 años estarán exentas de la tasa para la obtención de licencia de pesca fluvial y permisos administrativos para su práctica.
Ahora6. Las personas que acrediten la condición de pensionistas o mayores de 65 años están exentas de la tasa para obtener la licencia de pesca fluvial y los permisos administrativos para practicarla.