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30 dic 2008

Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 22
Antes2. Para poder acogerse a las ayudas deberá acreditarse la inscripción en el Registro Oficial de Actividades Feriales de la actividad para la cual se solicita subvención y del cumplimiento de los demás requisitos exigidos en la presente Ley y en las disposiciones específicas que la desarrollen.
Ahora2. Para poder acogerse a estas ayudas, las actividades feriales deberán cumplir los requisitos exigidos en la presente Ley y en las disposiciones específicas que la desarrollen.