← Volver
30 dic 2008
Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 10▾
Antes5. La Agencia se adscribe a la Consejería competente en materia de Hacienda.
Ahora5. La Agencia quedará adscrita a la Consejería que determine el Consejo de Gobierno mediante Decreto.
Antesg) La celebración de concursos específicos para la homologación de tipos en el ámbito de la Comunidad de Madrid y en relación con el ámbito de actuación y competencias de la Agencia.
Ahorag) La adopción de tipos en el ámbito de la Comunidad de Madrid y en relación con el ámbito de actuación y competencias de la Agencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 190 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Antes1. El Consejo de Administración de la Agencia estará compuesto por el Presidente del Consejo y por los siguientes vocales:
Ahora1. El Consejo de Administración de la Agencia estará compuesto por el Presidente del Consejo, el Vicepresidente, que será el Secretario General Técnico de la Consejería de adscripción, y por los siguientes vocales:
AntesSiete. Presidente.—El Presidente del Consejo de Administración será el titular de la consejería competente en materia de Hacienda, quien velará por la consecución efectiva de los objetivos y fines asignados a la Agencia y ostentará su representación. Además, le corresponden las siguientes funciones:
AhoraSiete. El Presidente del Consejo de Administración será el titular de la consejería de adscripción, quien velará por la consecución efectiva de los objetivos y fines asignados a la Agencia y ostentará su representación. Además, le corresponden las siguientes funciones: