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6 nov 2009
Real Decreto 436/2002, de 10 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica del Centro Nacional de Inteligencia
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 1▾
Antesc) Tres Direcciones Técnicas, cuyos titulares tendrán rango de Director General, dos bajo la dependencia directa del Secretario de Estado Director y la tercera bajo la dependencia directa del Secretario General; que serán designados conforme a lo previsto en el artículo 9.2.a) de la Ley 11/2002, de 6 de mayo.
Ahorac) Tres Direcciones Técnicas, bajo la dependencia directa del Secretario General. Sus titulares tendrán rango de Director General y serán designados conforme a lo previsto en el artículo 9.2.a) de la Ley 11/2002, de 6 de mayo.
Artículo 4▾
EliminadoLos titulares de las Direcciones Técnicas a las que se refiere el artículo 1.c), con rango de Director General, ejercerán funciones en materia de inteligencia y apoyo a la inteligencia las dependientes del Secretario de Estado Director, y en materia de recursos la dependiente del Secretario General.
AntesEjercerán también cualesquiera otras funciones que les atribuyan el Estatuto de Personal del Centro y las disposiciones reglamentarias o internas.
AhoraLos titulares de las Direcciones Técnicas a las que se refiere el artículo 1.c) ejercerán funciones en materia de inteligencia, apoyo a la inteligencia y recursos.
Párrafo añadido
Ejercerán también cualesquiera otras funciones que les atribuyan el Estatuto de Personal del Centro Nacional de Inteligencia y sus disposiciones reglamentarias o internas.