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24 dic 2009

Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 70
AntesCinco. Por Real Decreto a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, que respetará los derechos adquiridos, se procederá a elaborar una nueva Instrucción General de Loterías y Juegos del Estado que establecerá la configuración de los juegos de competencia estatal; la regulación de la distribución de la red comercial; y la regulación normativa sobre la selección, clasificación, funcionamiento, traslado, transmisión y suspensión de los puntos de venta. Asimismo establecerá que la titularidad de un punto de venta constituye a su titular, durante el tiempo que expresamente se determine, en una situación reglamentaria de carácter concesional que le faculte u obligue a la gestión comercial de todos o algunos de los juegos del Estado; y los supuestos en los que el ONLAE, respetando los derechos adquiridos, pueda revocar la titularidad de un punto de venta, previa audiencia del interesado, cuando de forma reiterada no se alcance el volumen anual de ventas durante el periodo que se determine, en función de las ventas medias por habitante, zona y año teniéndose en cuenta el juego de que se trate y el censo de población o zona donde esté ubicado el punto de venta.
AhoraCinco.**(Derogado)**