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29 dic 2009
Ley 20/2001, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y de Función Pública
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 24▾
Eliminado2.º Sujeto pasivo.
AntesSerán sujetos pasivos del canon las personas físicas, jurídicas y entidades del artículo 33 de la Ley general tributaria que soliciten la autorización de vertido al mar.
Ahora2.º Sujeto pasivo y exenciones.
Párrafo añadido
Son sujetos pasivos del canon las personas físicas, jurídicas y las entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, que soliciten la autorización de vertido al mar.
Párrafo añadido
No obstante, quedan exentas las personas o las entidades siguientes:
Párrafo añadido
a) La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, las entidades de derecho público dependientes o vinculadas y las sociedades mercantiles con participación mayoritaria, directa o indirectamente, de la Administración de la comunidad autónoma que soliciten la autorización.
Párrafo añadido
b) Las personas o las entidades que soliciten la autorización cuando se trate de instalaciones que, en virtud de convenios de colaboración u otros instrumentos jurídicos, sean supervisadas y controladas por cualquiera de las entidades citadas en la letra a) anterior.