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30 dic 2009

Ley 2/1995, de 15 de marzo, reguladora del Juego y Apuestas de la Región de Murcia

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 6
Párrafo añadido
4. La autorización para la organización y explotación de cualquiera de las actividades indicadas en los apartados anteriores, se entiende sin perjuicio de los medios técnicos utilizados en su desarrollo, siendo competente, en todo caso, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para otorgar las autorizaciones correspondientes.