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25 feb 2010
Real Decreto 2242/1984, de 26 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de condimentos y especias
Qué ha cambiado (1 artículo)
Art 15▾
Eliminado7. Las especias y condimentos estarán libres de parásitos en cualquiera de sus formas. No contendrán microorganismos patógenos o sus toxinas, y se tolerarán los siguientes límites máximos:
Eliminado«Escherichia coli», 1 ∙ 101col/g.
EliminadoSulfito reductores: Esporulados anaerobios, 1 ∙ 103col/g.
Antes«Salmonella», ausencia en 25 g.
Ahora7**(Derogado)**