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14 may 2010
Ley 25/2002, de 25 de noviembre, de Medidas de apoyo al regreso de los catalanes emigrados y sus descendientes, y de segunda modificación de la Ley 18/1996
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 10▾
EliminadoArtículo 10. Oficina de gestión unificada del plan de ayuda al regreso.
Eliminado1. Las distintas actuaciones establecidas por la presente Ley, para conseguir la simplificación administrativa y la reducción de cargas burocráticas, deben ser gestionadas por la Oficina de Gestión Unificada del Plan de Ayuda al Regreso, que debe coordinar todas las actuaciones de los distintos departamentos de la Generalidad establecidas por el Plan de ayuda al regreso. Esta Oficina debe adscribirse orgánica y funcionalmente al departamento que determine el Gobierno, el cual debe nombrar a un gerente o a una gerente para que dirija su funcionamiento y coordinación con el resto de departamentos.
Antes2. Las funciones de la Oficina de Gestión Unificada del Plan de Ayuda al Regreso son:
AhoraArtículo 10. Agencia de Migraciones de Cataluña.
Párrafo añadido
1. La Agencia de Migraciones de Cataluña debe gestionar las actuaciones que establece la presente ley y coordinar las que la Administración de la Generalidad debe llevar a cabo en aplicación de lo que determina el Plan de ayuda al regreso.
Párrafo añadido
2. Las funciones de la Agencia de Migraciones de Cataluña son:
Antes3. La Oficina de Gestión Unificada debe utilizar en su gestión las nuevas tecnologías de la comunicación a fin de facilitar la publicidad de las distintas actuaciones establecidas por la presente Ley y la realización de trámites administrativos mediante estas nuevas tecnologías.
Ahora3. La Agencia de Migraciones de Cataluña debe utilizar en su gestión las nuevas tecnologías de la comunicación a fin de facilitar la publicidad de las distintas actuaciones establecidas por la presente Ley y la realización de trámites administrativos mediante estas nuevas tecnologías.