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7 jul 2010
Orden de 2 de junio de 1994 por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Qué ha cambiado (3 artículos)
Primero▾
EliminadoServicio Jurídico.
EliminadoServicio de Auditoría Interna.
EliminadoServicio de Gestión Económica.
AntesServicio de Estudios Tributarios y Estadísticas.
Ahoraa) Servicio Jurídico.
Párrafo añadido
b) Servicio de Auditoría Interna.
Párrafo añadido
c) Servicio de Gestión Económica.
Párrafo añadido
d) Servicio de Estudios Tributarios y Estadísticas.
Párrafo añadido
e) Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales.
Sexto▾
EliminadoEl Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales estará integrado por las siguientes Unidades:
EliminadoSecretaría Técnica Permanente de la Comisión Mixta de Coordinación de la Gestión Tributaria, con rango de Dirección Adjunta.
EliminadoSubdirección General de Organización y Coordinación.
EliminadoSubdirección General de Planificación y Programación.
AntesSubdirección General de Comunicación Externa.
Ahora**(Sin contenido)**
Undécimo quáter▾
Artículo nuevo
Undécimo quáter.
1. El titular del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales desempeñará la Secretaría Técnica Permanente del Consejo Superior para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria, con las funciones que le atribuye el artículo 65.5 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias.
2. El Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales tendrá a su cargo la coordinación y desarrollo de la planificación de la Agencia Tributaria y de la estrategia de comunicación de la misma; la coordinación de los órganos centrales y territoriales de la Agencia en proyectos que afecten a distintas áreas; la coordinación y desarrollo de las relaciones con las administraciones tributarias autonómicas y locales, y, en general, las relaciones institucionales; y aquellas otras funciones que le encomiende la Dirección General.
3. Corresponden al titular del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales las siguientes competencias:
a) Acordar, a propuesta de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes, cuando conforme a la normativa aplicable así se requiera, la adscripción de obligados tributarios a dicha Delegación Central así como el fin de la adscripción cuando dejen de concurrir las circunstancias que la motivaron.
b) En materia de sede electrónica y registros electrónicos, la aprobación y modificación de la relación de documentos electrónicos normalizados y, a propuesta de los Departamentos o Servicios, la aprobación y modificación de los formularios correspondientes.
4. Dependerán del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales las siguientes Subdirecciones Generales:
a) Subdirección General de Organización y Coordinación.
b) Subdirección General de Planificación y Programación.
c) Subdirección General de Comunicación Externa.